REFORMAS FISCALES DEFINITIVAS 2020



12 PUNTOS A CONSIDERAR SOBRE LA REFORMA FISCAL 2020

ARRENDAMIENTO
Artículo 118 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Se agrega en la fracción III que en las sentencias de orden civil en donde se condene al arrendatario al pago de las rentas vencidas, solamente se autorizara su entrega al arrendador, si este acredita ante la autoridad judicial correspondiente haber expedido los comprobantes fiscales a que se refiere esta fracción.

VENTAS POR CATALOGO
Se eliminó el esquema de retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) a aquellos que realizan ventas por catálogo.

AHORRO
La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que las instituciones del sistema financiero deben retener ISR por un monto específico. Este monto se calcula con una tasa sobre el capital, y la tasa se establece en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF).
Para 2020, la tasa de retención de ISR será de 1.45%.

PLATAFORMAS DIGITALES
Esta disposición entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2020, y el SAT emitirá reglas a más tardar el 31 de enero de 2020.
Estarán obligados al pago del ISR los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales que obtengan ingresos por enajenación de bienes o prestación de servicios mediante plataformas tecnológicas. El impuesto se pagará mediante retención que efectuaran las personas morales que proporcionen de manera directa o indirecta, el uso de las citadas plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, de conformidad con la tabla de retención que va del 2% al 8% para prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes; del 2% al 10% por la prestación de servicios de hospedaje; y del 0.4% al 5.4% en la enajenación de bienes y prestación de servicios.
Se modifica la Ley del IVA para que los residentes en el extranjero sin Establecimiento permanente en México que proporcionen servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional cumplan con la obligación del Inscribirse en el RFC, Ofertar y cobrar conjuntamente con el precio de sus servicios digitales el IVA correspondiente en forma expresa y no por separado, emitir y enviar comprobantes fiscales a los receptores de servicios digitales y calcular y enterar el pago correspondiente aplicando la tasa del 16%.

OUTSORCING
Se modifica la Ley de IVA para que las personas morales o personas físicas con actividades empresariales, que reciban servicios a través de los cuales se pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada de este, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada de este, o incluso fuera de estas, retengan el 6% del IVA por los pagos que efectúen.

ESTRATEGIAS FISCALES
Los asesores fiscales y los contribuyentes, en ciertos supuestos, están obligados a revelar 14 esquemas reportables que generen o pudieran generar, directa o indirectamente, la obtención de un beneficio fiscal (valor monetario derivado de cualquier reducción, eliminación o diferimiento temporal de una contribución).
Las personas que proporcionen asesoría fiscal a los contribuyentes estarán obligadas a reportar dicha

TERCERO COLABORADOR FISCAL
Se adiciona una disposición que establece que las autoridades fiscales podrán recibir y, en su caso, emplear información y documentación que proporcionen terceros colaboradores fiscales. Se considera tercero colaborador fiscal a aquella persona que proporcione información que no obre en poder de la autoridad fiscal relativa a los contribuyentes que han incurrido en conductas referentes a la expedición, adquisición o enajenación de CFDIs que amparen operaciones inexistentes.

CANCELACIÓN DE CERTIFICADOS DE SELLOS DIGITALES
Art. 17 Bis del CFF. Las autoridades fiscales podrán restringir temporalmente el uso del Certificado de Sello Digital. Dentro de los supuestos en que aplicara esta restricción temporal esta el caso en el que la autoridad detecte la omisión de la presentación de la declaración anual transcurrido un mes posterior a la fecha en que se encontraba obligado a hacerlo, cuando el contribuyente no pueda ser localizado en su domicilio fiscal, cuando se detecten incongruencias en las declaraciones de pagos provisionales, etc.

BEBIDAS
Se estableció un sistema de actualización anual de la cuota aplicable a bebidas saborizadas. La SHCP publicara el factor de actualización durante el mes de diciembre de cada año y entrara en vigor el 1 de enero. 

SE ELIMINA LA COMPENSACIÓN UNIVERSAL
La compensación universal consistía en la utilización del saldo a favor en algún impuesto federal para disminuir un adeudo por concepto de otro impuesto federal.
Sin embargo, el Congreso eliminó esa posibilidad en la Ley de Ingresos 2019, limitándola de la siguiente forma: “los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración únicamente podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar por adeudo propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto “.
Ejemplo: Saldo a favor de ISR contra ISR a cargo

FACILIDAD PARA SOLICITAR CFDI CON RFC EXCLUSIVAMENTE
Artículo 29. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquellas a las que se le hubieran retenido contribuciones, para cumplir con su obligación de solicitar el CFDI respectivo, bastara con que proporcionen su clave en el RFC sin que sea necesario proporcionar ningún otro dato, para que el CFDI se entregue por su emisor en el momento de realizar la operación.

BUZÓN TRIBUTARIO
Se considerara infracción en la que puedan incurrir los contribuyentes el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto.






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