12 PUNTOS A CONSIDERAR SOBRE LA REFORMA FISCAL 2020
ARRENDAMIENTO
Artículo 118 de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta.
Se
agrega en la fracción III que en las sentencias de orden civil en donde se
condene al arrendatario al pago de las rentas vencidas, solamente se autorizara
su entrega al arrendador, si este acredita ante la autoridad judicial
correspondiente haber expedido los comprobantes fiscales a que se refiere esta
fracción.
VENTAS POR CATALOGO
Se
eliminó el esquema de retención
del Impuesto sobre la Renta (ISR) a aquellos que realizan ventas por catálogo.
AHORRO
La
Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que las instituciones del
sistema financiero deben retener ISR por un monto específico. Este monto se
calcula con una tasa sobre el capital, y la tasa se establece en la Ley de
Ingresos de la Federación (LIF).
Para
2020, la tasa de retención de ISR será de 1.45%.
PLATAFORMAS DIGITALES
Esta
disposición entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2020, y el SAT emitirá
reglas a más tardar el 31 de enero de 2020.
Estarán
obligados al pago del ISR los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales
que obtengan ingresos por enajenación de bienes o prestación de servicios
mediante plataformas tecnológicas. El impuesto se pagará mediante retención que
efectuaran las personas morales que proporcionen de manera directa o indirecta,
el uso de las citadas plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o
similares, de conformidad con la tabla de retención que va del 2% al 8% para
prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de
bienes; del 2% al 10% por la prestación de servicios de hospedaje; y del 0.4%
al 5.4% en la enajenación de bienes y prestación de servicios.
Se
modifica la Ley del IVA para que los residentes en el extranjero sin
Establecimiento permanente en México que proporcionen servicios digitales a
receptores ubicados en territorio nacional cumplan con la obligación del
Inscribirse en el RFC, Ofertar y cobrar conjuntamente con el precio de sus
servicios digitales el IVA correspondiente en forma expresa y no por separado,
emitir y enviar comprobantes fiscales a los receptores de servicios digitales y
calcular y enterar el pago correspondiente aplicando la tasa del 16%.
OUTSORCING
Se
modifica la Ley de IVA para que las personas morales o personas físicas con
actividades empresariales, que reciban servicios a través de los cuales se
pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada de este,
personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de
una parte relacionada de este, o incluso fuera de estas, retengan el 6% del IVA
por los pagos que efectúen.
ESTRATEGIAS FISCALES
Los
asesores fiscales y los contribuyentes, en ciertos supuestos, están obligados a
revelar 14 esquemas reportables que generen o pudieran generar, directa o
indirectamente, la obtención de un beneficio fiscal (valor monetario derivado
de cualquier reducción, eliminación o diferimiento temporal de una
contribución).
Las
personas que proporcionen asesoría fiscal a los contribuyentes estarán obligadas
a reportar dicha
TERCERO COLABORADOR FISCAL
Se
adiciona una disposición que establece que las autoridades fiscales podrán recibir
y, en su caso, emplear información y documentación que proporcionen terceros
colaboradores fiscales. Se considera tercero colaborador fiscal a aquella
persona que proporcione información que no obre en poder de la autoridad fiscal
relativa a los contribuyentes que han incurrido en conductas referentes a la
expedición, adquisición o enajenación de CFDIs que amparen operaciones
inexistentes.
CANCELACIÓN DE
CERTIFICADOS DE SELLOS DIGITALES
Art. 17 Bis del CFF. Las autoridades fiscales podrán
restringir temporalmente el uso del Certificado de Sello Digital. Dentro de los
supuestos en que aplicara esta restricción temporal esta el caso en el que la
autoridad detecte la omisión de la presentación de la declaración anual transcurrido
un mes posterior a la fecha en que se encontraba obligado a hacerlo, cuando el
contribuyente no pueda ser localizado en su domicilio fiscal, cuando se
detecten incongruencias en las declaraciones de pagos provisionales, etc.
BEBIDAS
Se estableció un sistema de actualización anual de
la cuota aplicable a bebidas saborizadas. La SHCP publicara el factor de
actualización durante el mes de diciembre de cada año y entrara en vigor el 1
de enero.
SE ELIMINA LA COMPENSACIÓN
UNIVERSAL
La
compensación universal consistía en la utilización del saldo a favor en algún impuesto federal para
disminuir un adeudo
por concepto de otro impuesto federal.
Sin
embargo, el Congreso eliminó esa posibilidad en la Ley de Ingresos 2019,
limitándola de la siguiente forma: “los contribuyentes obligados a pagar
mediante declaración únicamente podrán optar por compensar las cantidades que
tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar por adeudo
propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto “.
Ejemplo:
Saldo a favor de ISR contra ISR a cargo
FACILIDAD PARA SOLICITAR
CFDI CON RFC EXCLUSIVAMENTE
Artículo
29. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal,
reciban servicios o aquellas a las que se le hubieran retenido contribuciones,
para cumplir con su obligación de solicitar el CFDI respectivo, bastara con que
proporcionen su clave en el RFC sin que sea necesario proporcionar ningún otro
dato, para que el CFDI se entregue por su emisor en el momento de realizar la
operación.
BUZÓN TRIBUTARIO
Se
considerara infracción en la que puedan incurrir los contribuyentes el no
habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los
medios de contacto.
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