De acuerdo con el artículo 28, fracción III del CFF, los registros o asientos que integran la contabilidad se llevaran en medios electrónicos conforme lo establezcan el reglamento del mismo código y las disposiciones de carácter general que emita el SAT. La documentación comprobatoria de los registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente.
Al efecto, el articulo 33, rubro B, del Reglamento del CFF dispone los requisitos que deben reunir los registros o asientos contables; asimismo, para el registro de las operaciones deberá incluirse en el catalogo de cuentas el código agrupador de cuentas del SAT, contenido en el anexo 24 de la RMF para 2014.
Requisitos generales (artículo 33, rubro B, fracciones I, II, III, XI y XII, del Reglamento del CFF)
1. Deberán ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a mas tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad.
2. Deberán integrarse en el libro diario, en forma descriptiva, todas las operaciones, actos o actividades; se seguirá el orden cronológico en que estos se efectúen, se indicara el movimiento de cargo o abono que a cada una corresponda, y se integraran los nombres de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del periodo de registro inmediato anterior, el total del movimiento de cargo o abono a cada cuenta en el periodo y su saldo final.
3. Deberán permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus características, y relacionarlas con los folios asignados a los comprobantes fiscales o con la documentación comprobatoria, de modo que puedan identificarse la forma de pago, las distintas contribuciones, tasas y cuotas, incluyendo aquellas operaciones, actos o actividades por las que no se deban pagar contribuciones, de acuerdo con la operación, acto o actividad de que se trate.
4. Deberán plasmarse en idioma español y consignar los valores en moneda nacional.
5. Deberán señalar la fecha de realización de la operación, acto o actividad, su descripción o concepto, la cantidad o unidad de medida, en su caso, la forma de pago de la operación, acto o actividad, y especificar si fue de contado, a crédito, a plazos o en parcialidades, y el medio de pago o de extinción de dicha obligación, según corresponda.
Ejemplo:
El 1º. de Julio del 2014, una persona moral del régimen general de ley realizo el pago de contado a una persona física de la renta de las oficinas que utiliza, correspondiente a julio del mismo año. Se realiza el asiento en la contabilidad conforme a las nuevas disposiciones fiscales.
Requisitos
1. El asiento es analítico, pues contiene descripción (concepto) y se desglosan las cuentas que intervienen en el registro.
2. Descripción de la operación, acto o actividad.
3. Movimiento de cargo o abono de la operación.
4. Nombres de las cuentas de contabilidad.
5. Total del movimiento del cargo y abono.
6. Identificación de la operación, acto o actividad y sus características.
7. Relación con los folios asignados a los comprobantes fiscales o con la documentación comprobatoria.
8. Forma de pago.
9. Contribuciones.
10. Se realizo en idioma español.
11. Se consignan los valores en moneda nacional.
12. Fecha de realización de la operación.
13. Se especifica que la operación es de contado.
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