-Solicitar facturas para acceder a estímulos y descuentos en el pago de impuestos
-Publicarán en DOF nuevo plazo para presentar declaración provisional de enero
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las nuevas facilidades para que las personas que estaban dentro del régimen intermedio o de actividades empresariales y profesionales formen parte del Régimen de Incorporación Fiscal, así como la actualización de la lista de contribuyentes incumplidos.
El SAT explicó que los contribuyentes que pertenecían al Régimen Intermedio o al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, con ingresos menores de dos millones de pesos y que deseen tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal tienen hasta el 31 de marzo para presentar el Aviso de actualización de actividades a través del Portal de internet del SAT.
En el caso de los contribuyentes que únicamente realizan venta de mercancías o prestan servicios al público en general, con ingresos hasta por dos millones de pesos al año deberán elaborar una factura electrónica con su venta global cada dos meses, elaborar una declaración bimestral, que tratándose del periodo enero-febrero, esta se entregará junto con la del periodo marzo-abril, en mayo.
También deberá entregar el reporte de sus ingresos y sus gastos. Se destacó por el SAT que es importante que soliciten factura de todas las compras que realicen para que tengan oportunidad de acceder al beneficio de los estímulos y descuentos en el pago impuestos durante el primer año.
Agregó el SAT que para cumplir con estas disposiciones el contribuyente podrá asistir a las oficinas de servicios al contribuyente más cercano para recibir la asistencia en el llenado y envío de esta información.
Los contribuyentes cuyos clientes deban emitir facturas electrónicas porque así se lo soliciten, podrán hacerlo fácilmente a través del sistema “Mis Cuentas”; de la herramienta gratuita para emitir facturas en el portal del SAT o acceder a los servicios de un auxiliar de facturación.
Adicionalmente en la publicación de nuevas reglas en el portal y en breve en el Diario Oficial de la Federación, la autoridad fiscal anuncia la extensión del plazo a marzo para que las personas físicas presenten su declaración de pago provisional o definitivo correspondiente al mes enero de 2014.
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