1. ¿Qué es el “Buzón Tributario”?
Es el medio por el cual la autoridad fiscal realiza las notificaciones electrónicas por documento digital de actos administrativos a través del Portal de Internet del SAT, en la opción “Mi Portal”.
Es el medio por el cual la autoridad fiscal realiza las notificaciones electrónicas por documento digital de actos administrativos a través del Portal de Internet del SAT, en la opción “Mi Portal”.
2. ¿Cómo sé que tengo pendiente la notificación de un documento emitido por la autoridad?
Previo a la realización de la notificación, será enviado al correo electrónico proporcionado al SAT al momento de generar la FIEL o bien, al que se haya señalado para tal efecto, un aviso indicando que en el “Buzón Tributario” contenido en “Mi Portal”, se encuentra pendiente de notificación un documento emitido por la autoridad fiscal.
Previo a la realización de la notificación, será enviado al correo electrónico proporcionado al SAT al momento de generar la FIEL o bien, al que se haya señalado para tal efecto, un aviso indicando que en el “Buzón Tributario” contenido en “Mi Portal”, se encuentra pendiente de notificación un documento emitido por la autoridad fiscal.
3. ¿En qué momento se considera realizada una notificación electrónica?
Cuando se genere el acuse de recibo electrónico en el que conste la fecha y hora en que el contribuyente se autenticó para abrir el documento a notificar y surtirán sus efectos al día siguiente a aquél en que fueron hechas.
Cuando se genere el acuse de recibo electrónico en el que conste la fecha y hora en que el contribuyente se autenticó para abrir el documento a notificar y surtirán sus efectos al día siguiente a aquél en que fueron hechas.
4.¿Dónde se encuentra el Buzón Tributario?
En este portal de Internet, sección Trámites y servicios, opción Mi portal.
En este portal de Internet, sección Trámites y servicios, opción Mi portal.
5. ¿Cómo se hacen las notificaciones electrónicas en el Buzón Tributario?
o Recibes en tu correo electrónico el aviso de que tienes una notificación.
o Ingresas en Mi portal, con tu RFC y contraseña.
o Revisas la notificación.
o Firmas de conocimiento con tu Fiel.
o Recibes en tu correo electrónico el aviso de que tienes una notificación.
o Ingresas en Mi portal, con tu RFC y contraseña.
o Revisas la notificación.
o Firmas de conocimiento con tu Fiel.
6. ¿Cuándo se considera que una persona fue notificada a través del Buzón Tributario?
El contribuyente tiene cinco días para abrir un documento de su buzón a partir del día siguiente a aquel en que el SAT envíe el aviso por correo electrónico; de no abrir el documento, al sexto día se le considera notificado.
El contribuyente tiene cinco días para abrir un documento de su buzón a partir del día siguiente a aquel en que el SAT envíe el aviso por correo electrónico; de no abrir el documento, al sexto día se le considera notificado.
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